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PUNTADA CON HILO, COMUNICACIÓN DE MUJERES, fue un periódico en papel que circuló en los años '90. Nos definimos feministas y "con perspectiva de clase".

Salíamos mensualmente en todo chile, también llegábamos a otros países latinoamericanos. A organizaciones de base, tanto de mujeres como mixtas, llegábamos sin costo alguno o hacíamos un trato: una sola suscripción a cambio de varios ejemplares cada mes. Las ONGs e instituciones en cambio debían pagar sus suscripciones completas.

PUNTADA CON HILO se destacaba por un lenguaje directo, cercano, claro y por manejar como sus fuentes primarias los testimonios de las propias mujeres, sus experiencias, sus formas de evaluar los acontecimientos políticos y sociales, sus denuncias, sus ideas y elaboraciones políticas y culturales. Las "autoridades" en diversas materias, no pasaban de ser un apoyo secundario -tal como las estadísticas e informes oficiales-.

Denunciamos la falsedad de la llamada "vuelta a la democracia", las manipulaciones de los partidos políticos, rechazamos la instrumentalización de la lucha popular que hicieron -y hacen- la mayoría de las ONGs e instituciones -con honrosas excepciones-. Destacamos el feminismo popular, la mirada de clase y nos esforzamos por no caer en la sobreideología que daña -desde nuestra perspectiva- las luchas sociales. Hablamos mucho desde lo íntimo y desde los procesos que hacemos las mujeres en lo personal que es lo que realmente -estamos seguras- construye lo político cuando hay organización.

lunes, 24 de septiembre de 2012

ARGENTINA, DICTAMEN DE FEMICIDIO: ¿TENEMOS ALGO QUE CELEBRAR?

(Foto: Grandes Causas)



ARGENTINA: ¿Tenemos algo por lo cual festejar?... Salió desde el Senado el ansiado dictamen. 
X Claudia Hasanbegovic*

1) La palabra FEMICIDIO no está en el articulado. No existe.

2) No es un delito autónomo, sino que es un "agravante" del "homicidio", es decir, "asesinar a una mujer por el hecho de ser mujer, es un agravante del delito de asesinar a un hombre".  

3) Habla de "violencia de género", pero no la define. ¿Se referirá solamente a violencia doméstica? ¿incluye también la violencia de género que sufren niñas y niños en manos de sus padres, como resultado del abuso sexual infantil, los suicidios inducidos o como resultado de la violencia en la que se vive? ¿Violencia de género, en este texto, incluye a las mujeres en situación de prostitución forzada o no, pero que son tan frecuentemente víctimas de violencia masculina,y de femicidios? ¿y las víctimas de trata "que trabajan" en prostíbulos, quedan ellas incluidas en esta tipificación de delito?

4) De la lectura del articulado, pareciera que solamente se refiere a los "femicidios íntimos", es decir al causado por una pareja o ex pareja (quedan excluidos aquellos que quieren tener relación de intimidad y no pueden tenerla y usan la violencia como represalia, por ejemplo). Pero ¿los otros femicidios? ¿los cometidos en el contexto del narcotráfico, y la trata de mujeres y niñas para explotación sexual??????

5) Pero aún en los femicidios íntimos NADA DICE de la pérdida de patria potestad para los padres, imputados o condenados por el asesinato de sus hijos(as). (Tampoco lo dice el proyecto de unificación de Código Civil y Comercial de la Nación). Ni tampoco menciona alguna forma de reparación para lxs niñxs huérfanos a causa del femicidio, en muchos casos feminicidio ya que existían denuncias previas y medidas cautelares judiciales. Solamente en los primeros 6 meses del año 2012 -según el observatorio Zambrano AsocCasa del Encuentro- 164 niñxs quedaron en esa situación.

6) La pena que se da para los asesinatos de mujeres por sus (ex) compañeros íntimos es de reclusión perpetua. ¿Se tuvo en cuenta la práctica judicial patriarcal -salvo pocas excepciones- que tiende a ser benévola con los asesinos de mujeres y malévola con las mujeres que se defendienden asesinado a sus agresores? ¿Creen verdaderamente, que será fácil de aplicar una sentencia de cadena perpetua en estos casos, donde además, no se define "violencia de género", y por tanto será difícil de comprobar?

La pena, verdadera pena, es que el Senado no haya tomado en cuenta tanto el proyecto de tipificación de femicidio que presentó la CONSAVIG (que pueden leer en su sitio web) como seis trabajos realizados por 24 profesionales estudiantes de la Universidad Nacional de San Martín que presentaron al Senado donde efectuaron un análisis de género del proyecto que tenían bajo estudio, y formularon aportes al mismo; pero que, como pueden ver en el enunciado, ni éstos ni el proyecto de la CONSAVIG han sido mencionados en el Dictamen.  

Comparto con ustedes mi tristeza y mi preocupación: ¿dónde estamos las mujeres, las feministas, y todas las personas que estamos contra la prostitución forzada y la trata de mujeres en nuestras luchas por leyes que realmente reflejen la realidad patriarcal, para poder modificarla? y aún, cuando estamos ¿por qué no logramos impactar en el texto de estas leyes?


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* Puedes consultar la página de la autora: www.claudiahasanbegovic.com