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PUNTADA CON HILO, COMUNICACIÓN DE MUJERES, fue un periódico en papel que circuló en los años '90. Nos definimos feministas y "con perspectiva de clase".

Salíamos mensualmente en todo chile, también llegábamos a otros países latinoamericanos. A organizaciones de base, tanto de mujeres como mixtas, llegábamos sin costo alguno o hacíamos un trato: una sola suscripción a cambio de varios ejemplares cada mes. Las ONGs e instituciones en cambio debían pagar sus suscripciones completas.

PUNTADA CON HILO se destacaba por un lenguaje directo, cercano, claro y por manejar como sus fuentes primarias los testimonios de las propias mujeres, sus experiencias, sus formas de evaluar los acontecimientos políticos y sociales, sus denuncias, sus ideas y elaboraciones políticas y culturales. Las "autoridades" en diversas materias, no pasaban de ser un apoyo secundario -tal como las estadísticas e informes oficiales-.

Denunciamos la falsedad de la llamada "vuelta a la democracia", las manipulaciones de los partidos políticos, rechazamos la instrumentalización de la lucha popular que hicieron -y hacen- la mayoría de las ONGs e instituciones -con honrosas excepciones-. Destacamos el feminismo popular, la mirada de clase y nos esforzamos por no caer en la sobreideología que daña -desde nuestra perspectiva- las luchas sociales. Hablamos mucho desde lo íntimo y desde los procesos que hacemos las mujeres en lo personal que es lo que realmente -estamos seguras- construye lo político cuando hay organización.

martes, 4 de noviembre de 2014

ARGENTINA: CONDENA A CADENA PERPETUA A MUJER AYMARA QUE VIVIÓ VIOLENCIA EXTREMA Y SE DEFENDIÓ

(Ilustración: Milagros Martínez)
Los 3 pecados Capitales “Mujer, Indígena y Pobre”
X Prensa Adolfo Pérez Esquivel/Enviado X Monica Rocha Medina
El Tribunal Oral Criminal Nº 1 (TOC) de Quilmes, integrado por las Juezas Silvia Etchemendi, Marcela Viccio y Florencia Butierrez, condenó por unanimidad a Reina Maraz Bejarano, indígena quechua hablante de Bolivia.

La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) acompañó en el juicio a Reina y reclamó que su testimonio lo hiciera en su lengua materna, a través de una intérprete designada para su caso, debido a que en la justicia provincial no existe listado alguno de intérpretes en lenguas originarias. Reina testimonió con la intérprete sobre las situaciones de violencia ejercidas por su pareja y violaciones de su vecino. Por su parte, el fiscal, con una actitud despectiva y discriminatoria al dirigirse a Reina le reclamaba que presente las marcas de las violaciones. Una agresión a su condición de mujer. Pasaron tres años de éstas violaciones y agresiones que ella expuso ante el Tribunal, que en ningún momento  hizo ninguna pregunta a la acusada, ni tampoco trató de impedir la agresión del Fiscal.
Luego de ello, durante el transcurso de una de las audiencias, el Tribunal le prohibió a la hermana de Reina dar testimonio en su lengua materna, y tuvo que hacerlo con gran dificultad en castellano. Alegando el tribunal que “el juicio es en territorio argentino y el idioma es el castellano”; de esta manera se desconoció el derecho de los pueblos originarios a la autodeterminación lingüística. Fue así que se actuó con discriminación hacia otra cultura, violando la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de DDHH incorporados a ella y la Declaración Internacional de Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU

La Dra. Margarita Jarque, Directora de Litigio Estratégico de la CPM, señaló “ésta es una sentencia que reprodujo la acusación del fiscal, sin fisura alguna”. A su vez, Sandra Raggio expresó que “el Tribunal no escuchó a Reina y el fallo nos resulta profundamente injusto”.  Estamos frente a un Tribunal que no consideró el sufrimiento, las vejaciones de una mujer indígenas y pobre, totalmente vulnerada en sus derechos.

Lo más grave de todo es la condena en sí misma: CADENA PERPETUA.
Es la misma que se le ha impuesto a los represores de la dictadura militar, Etchecolaz y Videla. De la misma manera nos llama la atención que a los policías acusados de haber cometido homicidios de gatillo fácil, muchos de ellos están en libertad, mientras que a Reina, sin habérsele comprobado fehacientemente el hecho que se le imputó, está condenada a cadena perpetua y en detención domiciliaria.

Esto es totalmente indigno, ultrajante y discriminatorio para la dignidad humana de una mujer indígena.
Esperamos que el defensor oficial de Reina, Dr. José María Mastronardi, apele la sentencia.

Adolfo Pérez Esquivel, Presidente del Servicio Paz y Justicia y la Comisión Provincial por la Memoria

Fuente: Prensa Pérez Esquivel




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